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Julio 2 de 2008

Corte Suprema de Justicia reitera orden de traslado de Yidis Medina a su hogar

Notificó así a su director, general (r) Eduardo Morales, tras regañar el viernes pasado a la institución por "dilatar" la salida de la ex congresista.

A Medina se le concedió la detención domiciliaria por ser madre cabeza de familia. Según el alto tribunal, debe ser trasladada de inmediato a su hogar para que termine de pagar allí los 47 meses y 26 días de prisión por cohecho, condena que le impuso la Corte por sus confesiones en la aceptación de prebendas por votar a favor de la reelección presidencial.

"La entidad (Inpec) solo está facultada para controlar su cumplimiento", señaló la Sala Penal de la Corte.

Ante esto, el general (r) Morales le comunicó a la Corte que "la detención domiciliaria concedida (...) se hace efectiva siempre y cuando no sea (Yidis) requerida por otra autoridad judicial, como consecuencia de otra conducta o investigación".

Agregó que solo es posible autorizar la salida de Yidis si el Fiscal Sexto Delegado de Bucaramanga, que le dictó el martes medida de aseguramiento por los delitos de secuestro y rebelión, expide "una orden modificatoria o anulatoria de la primera decisión".

El Fiscal Sexto investiga a la ex representante por los señalamientos de que habría participado en el secuestro de dos ex funcionarios de la alcaldía de Barrancabermeja, que presuntamente planeó con la guerrilla del Eln.

El abogado de la ex congresista, Ramón Ballesteros, dijo que insistirá ante el Inpec el cumplimiento de la orden de la Corte Suprema que le otorga la detención domiciliaria.

Fuentes de la Fiscalía explicaron que a Medina no la cobija el beneficio de arresto domiciliario porque el delito de secuestro, por el cual se le dictó medida de aseguramiento, no es excarcelable.

 

 

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